¿Qué sucedió con el proyecto de ley de humedales consensuado con las organizaciones socioambientales?

Aparece un nuevo proyecto Ley que tiene grandes diferencias con el que fuera trabajado con cientos de científicos, organizaciones y multisectoriales. Mientras, nuestras Islas están en llamas.

Mientras continúan los incendios en nuestro Delta del Paraná, aparece un proyecto de Ley de Humedales totalmente alejado del que fue consensuado junto a las organizaciones ambientalistas.

“Las organizaciones que conformamos la Red Nacional de Humedales (ReNaHu), que impulsamos el proyecto consensuado de Ley de Humedales, denunciamos y repudiamos la estrategia llevada por el Gobierno Nacional, mediante el ministro Juan Cabandié, en coordinación con el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA)” expresan en un comunicado.

En la misiva, explican “Así, Ambiente promueve un proyecto de ley que permite explotar humedales, restringe el alcance de su protección y está hecho a medida de los sectores que los destruyen. Un texto que contradice y minimiza el proyecto consensuado por organizaciones, científicos y científicas sin conflictos de interés y legisladores”.

Allí aclaran “La semana pasada, el Ministerio de Ambiente anunció la presentación de un proyecto de Ley de Humedales acordado en el marco del COFEMA (cargos políticos designados a dedo por gobernadores). El ministro Juan Cabandié con tono triunfalista declaró que se trataba de un “hito en el consenso federal” y pretendió arrastrar en su maniobra a las organizaciones sociales al afirmar que fuimos parte de un proyecto regresivo en materia ambiental, escrito a puerta cerrada, con un único interlocutor, los estados provinciales, buenos alumnos del poder económico”.

En este sentido, esclarecieron “Queremos dejar muy claro que este acuerdo de cúpulas no tiene apoyo alguno de la Renahu, ni del resto de las organizaciones ecologistas y calificar tajantemente como una mentira estratégica que este vaciamiento del proyecto de ley de presupuestos mínimos de protección de Humedales haya sido con nuestro consentimiento”.

En este orden, repasaron “El proyecto que apoyamos es el que construimos en los territorios junto con la ciencia digna y es el texto que recoge el dictamen unificado aprobado en 2020 por la Comisión de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano con la firma de 23 diputadas y diputados de diversos bloques. Un texto que representó un acuerdo histórico y una labor de más de un año entre organizaciones, científicos y científicas y asesores para arribar a un texto común, que abrevó de los extensos debates parlamentarios, conformó un amplio consenso sobre sus alcances y definiciones y resultó muy claro desde el punto de vista técnico sobre qué define y caracteriza a los humedales y los alcances de los servicios ecosistémicos que deben respetarse como un piso mínimo”.

No obstante, “este proyecto de amplio consenso, perdió estado parlamentario en la Comisión de Agricultura y Ganadería de Diputados, presidida por el correntino Pitín Aragón, que jamás lo trató”.

Luego “fue vuelto a presentar en conjunto con numerosas organizaciones, el 2 de marzo de 2022, por intermedio del diputado nacional Leonardo Grosso con otros 36 legisladores. Cuatro meses después, en un bochorno pocas veces visto en el Congreso, aún no tiene giro a comisiones por parte del responsable de esa faena, Sergio Massa, presidente de la Cámara. Esto confinó al proyecto consensuado a un limbo administrativo, ya que es imposible conocer a qué comisiones exigir un plenario para su tratamiento”.

“Se trata de un texto que claramente, cómo se expresa en sus fundamentos, ha logrado obtener un consenso casi sin precedentes en la historia legislativa nacional, para el que se destinaron largas horas de audiencia y ha logrado adhesiones y respaldo de organizaciones de la sociedad civil, científicxs, investigadorxs, profesionales y especialistas, movimientos sociales, campesinas/os e indígenas, asambleas, colectivos, entre otros”, remarcaron.

“Vale recordar que la indigna actitud del ministro Cabandié y de Gabriela González Trilla, de ignorar la labor, la constancia y la necesidad de organizaciones y  asambleas territoriales de promover un proyecto de ley que proteja a los humedales y garantice un piso de derechos para la preservación de la vida; esta actitud centrada en atender únicamente a  las cúpulas políticas, registra el triste antecedente del senador de Juntos por el Cambio, Alfredo De Angeli, que también se jactó de lograr consenso con un organismo restringido a la voluntad popular como el COFEMA”, afirmaron.

Finalizaron, sosteniendo “En ambos casos, por supuesto a favor del poder económico y en desmedro del interés común.  Desde Renahu consideramos que este nuevo intento de destrozar la iniciativa de una ley de protección de humedales desde los territorios, va de la mano con el avance de las actividades destructivas que los ponen en riesgo, y con ellos, nuestro futuro pues la economía (y nuestra calidad de vida) depende de la naturaleza y nunca al revés”.

-Diferencias entre los proyectos: El consensuado y el oficial

A continuación, compartimos un subtítulo de una columna firmada por Patricia Pintos, Doctoranda en Geografía (Universidad Nacional de La Plata) e integrante de la Red Nacional de Humedales, publicado en Tierra Viva, Agencia de Noticias:

Análisis de un nuevo proyecto regresivo

“Por lo contrario, el proyecto aprobado en el COFEMA —donde están representados los ministerios de Ambiente de todas las provincias— dice basarse en el proyecto consensuado, pero produjo un empobrecimiento general del texto base y la desnaturalización de sus aspectos fundamentales, largamente debatidos a lo largo de estos años. Me limitaré a puntualizar los que considero críticos:

Modifica de manera sutil la definición de humedal —acordada por el propio COFEMA en 2016— y con ello reduce el alcance territorial y los ecosistemas a ser protegidos.

Excluye en el objeto de la ley la posibilidad de restauración de humedales, así como el reconocimiento de su valor intrínseco e integridad ecológica.

Desaparecen de las definiciones generales todo un conjunto de cuestiones claves marcadas por los especialistas como “integridad ecológica”, “enfoque ecohidrogeomórfico”, “protección”, “preservación”, “gestión racional y sostenible de humedales”, “variabilidad temporal de los humedales”, “Evaluación de Impacto Ambiental”, “Evaluación Ambiental Estratégica” y “Evaluación de Impactos Acumulativos”.

Desaparecen objetivos generales que son fundamentales para hacer frente a los procesos de degradación de estos ecosistemas:

1. El desarrollo de mecanismos o procedimientos específicos para proteger y preservar la biodiversidad de los humedales. 2. Implementar las medidas necesarias para desalentar las actividades inadecuadas y las malas prácticas que afecten significativamente la integridad ecológica de los humedales. 3. Valorar, reconocer y apoyar los medios de vida y producción, tradicionales y de la economía popular, que en un marco de respeto y conocimiento de su entorno se realicen de forma racional y sostenible.

Se minimiza un objetivo central en cuanto a garantizar la participación de los pueblos indígenas y de las comunidades locales y campesinas, reduciéndolo a “promover el acceso a la información pública y la participación ciudadana” cuando la redacción original establecía: “Promover la participación activa, efectiva y equitativa con perspectiva de género de representantes del sistema científico, académico y universitario, pueblos indígenas, las comunidades locales urbanas y rurales, campesinas, tradicionales, productoras, isleñas, residentes permanentes, ribereñas y de organizaciones formales e informales de la sociedad civil en general y de toda persona interesada, en el diseño, implementación y monitoreo de las políticas públicas sobre humedales en el marco de lo establecido por la presente ley y las normas con jerarquía constitucional, convencional y de derecho federal sobre participación; en concordancia a su vez con la ley 27.566 de Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales”.

Se eliminan de los objetivos los principios de no regresión en materia ambiental y, ante controversias, los principios del derecho internacional in dubio pro aqua e in dubio pro natura, así como los principios precautorio y preventivo.

Se minimizan y empobrecen las instancias de libre acceso a la información pública ambiental. Su redacción original: “Garantizar el libre acceso a la información pública ambiental en términos de la ley 25.831 y la participación ciudadana efectiva y equitativa con perspectiva de género, en los procesos de toma de decisiones que tengan o puedan tener impactos significativos sobre los humedales, con especial consideración de los derechos de los pueblos indígenas, en cumplimiento de las disposiciones del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)” se reduce a “Promover el acceso a la información pública y la participación ciudadana”. Y enfatizo “promover”, no garantizar.

Desaparecen las instancias de asistencia técnica a las jurisdicciones locales; también las regiones de humedales compartidas entre jurisdicciones, como forma de coordinación del ordenamiento y gestión de estos ecosistemas.

En cuanto al Inventario Nacional de Humedales, pasa a considerarse “facultativo” y no una instancia fundamental en cuanto al reconocimiento legal de estos ambientes. En él desaparecen las escalas espaciales, no se establecen plazos para su realización, tampoco la periodicidad de actualización.

Desaparece una medida clave: la moratoria, que debería poner freno a nuevas actividades o ampliación de actividades existentes hasta tanto los humedales sean incorporados en el Ordenamiento Ambiental del Territorio, y con ello se vulneran los principios preventivo y precautorio.

Desaparecen las prohibiciones a la intervención en los humedales sin la previa aprobación por parte de la autoridad competente, de la Evaluación de Impacto Ambiental u otras evaluaciones que correspondieran.

Desaparecen los mecanismos que garantizan la Información y Participación con relación a los procedimientos de EIA, EAE o Evaluación de impactos acumulativos.

Desaparece de manera completa el capítulo sobre el uso racional y sostenible de los humedales.

Elimina de plano las prohibiciones a las conductas que afectan, alteran, disminuyen o degradan los humedales”.

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